el Tratado de Libre Comercio Centroamérica-República Dominicana (CAFTA-DR) está compuesto por los Estados Unidos y Costa Rica, La República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Las fechas de implementación, dependiendo del país, van desde el 1 de marzo de 2006 hasta el 1 de enero de 2009. La información para los exportadores estadounidenses está disponible a través del Departamento de comercio en: 2016.export.gov/FTA/index.asp., La mayoría de las mercancías del CAFTA-DR ingresan actualmente a los Estados Unidos libres de aranceles y de la tarifa de procesamiento de mercancías (MPF, por sus siglas en inglés), y prácticamente todas entrarán libres para el momento en que el Acuerdo se implemente por completo el 1 de enero de 2025.
para obtener más información sobre cómo reclamar preferencia sobre estos productos, seleccione lo siguiente:
¿Puede My Good beneficiarse de un Acuerdo de Libre Comercio?,
resumen del CAFTA-DR
instrucciones de implementación del CAFTA-DR
implementación de Costa Rica
implementación de República Dominicana
implementación de Guatemala
implementación de Honduras y Nicaragua
notificación de certificación de origen incorrecta (Descertificación)
si ha llenado una certificación de origen pero no puede justificar el carácter originario de las mercancías en ella, está obligado a notificar a todos los destinatarios de dicha certificación y al país de exportación.
plantilla de certificación de origen
cualquier reclamo de preferencias bajo el CAFTA-DR debe estar respaldado por un certificado de origen que acredite el carácter originario del producto importado. Este enlace proporciona una plantilla PDF que demuestra cómo se puede estructurar dicho certificado de origen., La plantilla es rellenable, y los usuarios pueden elegir usarla. Su uso, o la adhesión a su estructura, no es de ninguna manera obligatoria. No obstante, de conformidad con los reglamentos pertinentes, todos los datos especificados en ellos deben proporcionarse previa solicitud al CBP en relación con una solicitud de trato arancelario preferencial.
elementos de datos CAFTA-DR para el certificado de origen – 19 CFR 10.,584
como alternativa a la plantilla de Certificado de origen, los productores y exportadores de CAFTA-DR y los importadores estadounidenses pueden usar una certificación de forma libre cuando certifiquen que sus mercancías cumplen con los requisitos del TLC CAFTA-DR.,
lista arancelaria armonizada de los Estados Unidos (HTSUS) – CAFTA-DR Notas generales 29
un enlace actual a la norma general sin incluir las reglas generales de origen, definiciones, valor (incluyendo el valor de contenido Regional y de Minimis), juegos, materiales de embalaje y embalaje, materiales indirectos, Mantenimiento de Registros y las reglas de origen específicas de productos muy importantes.
nota: en el enlace de la USITC, seleccione el enlace» Notas generales; reglas generales de interpretación; notas estadísticas generales», seguido de»Notas generales 29″.,
cuotas del TLC CAFTA-DR
Las siguientes mercancías CAFTA-DR pueden estar sujetas a un contingente arancelario reducido (TRQ): azúcar, productos lácteos, cacahuetes, mantequilla de cacahuete, telas y prendas de vestir. Haga clic aquí para obtener una descripción general de la cuota. Vaya al informe gráfico de materias primas para los niveles de llenado actuales. Vaya a la lista TPL umbral para llenar para ver cupos casi cerrados y cerrados.
herramienta arancelaria CAFTA-DR
Use esta herramienta para conocer el arancel que sus mercancías CAFTA-DR pagarán al ser importadas a los Estados Unidos tanto hoy como en años futuros.,
conciliación
El prototipo de conciliación es un método alternativo para presentar reclamaciones en curso de alto volumen posteriores a la importación del CAFTA-DR. Al igual que las reclamaciones de la norma 19 USC 1520(d), deben hacerse dentro de un año de la importación y todos los requisitos y responsabilidades del programa de preferencias permanecen vigentes.
recursos adicionales y regulaciones:
texto del TLC CAFTA-DR el texto completo del Tratado está disponible por el Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR).,
Reglamento CAFTA-DR: 19 CFR Parte 10 subparte J-tratado de Libre Comercio República Dominicana—Centroamérica—Estados Unidos. El enlace actual al sitio web de e-CFR incluye: requisitos de importación, presentación de una reclamación, certificación de valor de contenido Regional (RVC), reembolsos posteriores a la importación, reglas de origen, verificaciones de origen, transbordo y sanciones.,
publicación de la USITC para CAFTA-DR
cada publicación incluye la nota general de la lista arancelaria armonizada de los Estados Unidos (HTSUS) con las reglas de origen generales y específicas, una lista de todos los productos que se convirtieron en Libres de aranceles al entrar en vigor y el calendario de eliminación gradual para aquellos productos que se convertirán en Libres de aranceles con el tiempo.,ublications
USITC Publication 3829-El Salvador
USITC Publication 4038—Costa Rica
USITC Publication 3901—Dominican Republic
USITC Publication 3861—Guatemala
USITC Publication 3845—Honduras and Nicaragua
CAFTA-DR Implementation Act: Public Law No., 109-53, 119 Stat. 462 y codificado en 19 USC 4001 Note
proclamaciones presidenciales promulgando el CAFTA-DR
La proclamación presidencial 7987 (El Salvador) fue publicada en el Registro Federal el 2 de marzo de 2006.
La proclamación presidencial 7996 (Honduras y Nicaragua) fue publicada en el Registro Federal el 4 de abril de 2006.
La proclamación presidencial 8034 (Guatemala) fue publicada en el Registro Federal el 6 de marzo de 2007.
La proclamación presidencial 8331 (Costa Rica) fue publicada en el Registro Federal el 30 de diciembre de 2008.