Aumentos de alquiler permitidos bajo la Ley de estabilización de alquiler de Los Ángeles (RSO)

preparado por: Melissa C. Marsh, abogada de negocios de Los Ángeles
escrito: octubre de 2012 – Última Actualización: julio de 2019

su alquiler durante su plazo de arrendamiento inicial, a falta de una disposición de arrendamiento que indique lo contrario. Si usted no tiene un contrato de arrendamiento, o si usted está en un mes a mes, entonces el propietario puede aumentar el alquiler siempre y cuando s/él proporciona al inquilino notificación por escrito adecuada., Bajo la Ley de California, el propietario debe proporcionar al inquilino un aviso por escrito con al menos 30 días de anticipación de un aumento de alquiler si el aumento de alquiler es del 10 por ciento (o menos) del alquiler cobrado en cualquier momento durante los 12 meses antes de que el aumento de alquiler entre en vigor. (35 días si la notificación se entrega por correo). Si el propietario está aumentando el alquiler más del 10% en un período de 12 meses, entonces de conformidad con el Código Civil de California §827, el propietario debe dar al inquilino por lo menos 60 días antes de notificación por escrito (65 días si la notificación se envía por correo)., En las ciudades de alquiler controlado, como Los Ángeles, Beverly Hills, Santa Mónica y West Hollywood se aplican reglas adicionales.

de conformidad con la recién promulgada Ley de protección y alivio para inquilinos de California – septiembre de 2019, los aumentos anuales de alquiler para todas las viviendas de unidades múltiples construidas hace más de 15 años (actualmente antes de septiembre de 2005) están limitados al 5% más la tasa de inflación (actualmente 3% para 2019). La ley prohíbe además que el propietario de una vivienda de varias unidades construida antes de 2005 aumente el alquiler más de dos veces en un período de 12 meses. Para obtener más información, haga clic aquí.,

aumentos de alquiler permitidos bajo la RSO de Los Ángeles para unidades controladas de alquiler

la RSO de Los Ángeles aborda los aumentos de alquiler permitidos que pueden variar de 3% a 8%, el registro de unidades de alquiler, las razones legales para el desalojo y las causas para el desalojo que requieren el pago de asistencia de reubicación al inquilino. Bajo la Ordenanza de estabilización de alquiler de Los Ángeles (RSO ), el propietario puede hacer los siguientes aumentos anuales en el alquiler:

  1. Aumentar el Alquiler Una vez cada 12 meses por el aumento anual permitido (4% para el 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020).,
  2. si el propietario paga todos los costos de gas y/o electricidad suministrados a la unidad de un inquilino, el propietario puede aumentar el alquiler en un uno por ciento adicional (1%) por cada uno de los dos servicios suministrados.
  3. al mismo tiempo, el propietario aumenta el alquiler, si el contrato de arrendamiento por escrito así lo establece, el propietario también puede aumentar el depósito de seguridad (y el alquiler del mes pasado si corresponde) una vez cada 12 meses por el aumento porcentual anual permitido (actualmente 4% para 7/1/2019-6/30/2020).

cuatro circunstancias especiales que permiten al propietario aumentar el alquiler sustancialmente.,

  1. inquilino adicional. El propietario puede aumentar el alquiler en un diez por ciento (10%) por cada inquilino / ocupante adicional de una unidad de alquiler que exceda el número de ocupantes iniciales permitidos en el contrato de alquiler original, excepto que si el propietario tenía conocimiento real o constructivo de la ocupación del inquilino adicional por más de 60 días y no notificó al inquilino del aumento del alquiler, entonces el propietario pierde el derecho a aumentar el alquiler por Ordenanza No.181744, a partir del 1 de julio de 2011., Se requiere una reducción correspondiente en el alquiler cuando el inquilino adicional desocupe la unidad. Los depósitos de seguridad pueden aumentarse para inquilinos adicionales por la misma cantidad en dólares que se aumenta el alquiler.
  2. no ha habido aumento de alquiler desde mayo de 1976. El propietario puede aumentar el alquiler diecinueve por ciento (19%), más 2% si el propietario proporciona el gas y la electricidad, si el propietario no ha aumentado el alquiler desde el 31 de mayo de 1976.
  3. no ha habido aumento de alquiler desde mayo de 1977., El propietario puede aumentar el alquiler trece por ciento (13%), más 2% si el propietario proporciona el gas y la electricidad, si el propietario no ha aumentado el alquiler desde el 31 de mayo de 1977.
  4. El propietario hace mejoras de Capital. Un propietario que está planeando mejorar su alquiler, puede solicitar aumentos especiales de alquiler basados en una solicitud de renovación Primaria, mejoras de Capital, rehabilitación, o un ajuste de alquiler «justo y razonable» que debe ser presentado y aprobado por la Junta de alquiler.

aviso requerido bajo el RSO.,

para aumentar el alquiler, el propietario debe entregar al inquilino(s) un aviso por escrito de 30 días para aumentos de alquiler que sean del 10% o menos del alquiler del inquilino (35 días si el aviso se envía por correo), o un aviso de 60 días (65 días si se envía por correo) para aumentos de alquiler que excedan el 10% del alquiler más bajo del inquilino dentro del período anterior de 12 meses.

costos adicionales un propietario puede pasar a través de un inquilino:

1.In solo el mes de agosto, el propietario puede cobrar 1 12.25 de cada inquilino (50% de la cuota anual de registro de 2 24.51 pagada a la División de estabilización de alquiler). Para recoger los2 12.,25, el propietario debe hacer la entrega legal al inquilino en el mes de mayo o junio con un aviso escrito de treinta (30) días y proporcionar al inquilino una copia del certificado de Registro.

2.El propietario también puede cobrar el cargo anual del Programa de cumplimiento sistemático del Código (SCEP) de 4 43.32 si el propietario lo paga en su totalidad aumentando el alquiler month 3.61 por mes. Para cobrar esta cuota mensual del inquilino, el propietario debe dar al inquilino un aviso escrito de treinta (30) días de aumento de alquiler antes de cobrar esta cuota Una vez al año y proporcionar al inquilino una copia del certificado de Registro.,

Después de una Vacante

El aceptable nivel de renta después de una vacante depende del motivo de la vacante. La RSO establece que el alquiler puede aumentarse a cualquier cantidad al volver a alquilar si la vacante se debió a que el inquilino: (1) desocupó voluntariamente la unidad; (2) fue desalojado por falta de pago del alquiler legal; o (3) fue desalojado por violar los términos del contrato de alquiler y no remediar la violación. Si la vacante ocurre por cualquier otra razón, la RSO de Los Ángeles requiere que el alquiler a un nuevo inquilino siga siendo el mismo que para el inquilino anterior., Los ejemplos incluyen: (1) un desalojo para recuperar la unidad para el uso del propietario, su familia inmediata. o un administrador residente; (2) un desalojo basado en los actos ilegales del inquilino anterior; (2) un desalojo basado en la negativa del inquilino a firmar un nuevo contrato de arrendamiento con los mismos términos que están en la RSO; y (3) un desalojo basado en la negativa del inquilino a permitir al propietario un acceso razonable a la unidad.,

si desea discutir cualquiera de los problemas en este artículo con Melissa Marsh, una abogada de propietarios e inquilinos de Los Ángeles, California con más de 20 años de experiencia, programe una consulta telefónica de bajo costo de 15 o 30 minutos.

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