19 Nov (Español)


¿puedo obtener la custodia de emergencia?

esa es una pregunta que respondemos casi a diario. Carolina del Norte, como la mayoría de los Estados, controla muy estrictamente la custodia de emergencia. Desafortunadamente, casi el 90% de las veces, La respuesta es que la custodia de emergencia no sería otorgada por el juez., Pero hay dos situaciones generales en las que se otorgará:

1) El Niño es inmediato, peligro de daño físico o sexual;
2) El Niño está en peligro de ser sacado del estado y no devuelto

a los jueces no les gusta otorgar la custodia de emergencia, porque significa que solo han escuchado un lado de la historia, que no siempre cuenta toda la historia. Ambos padres tienen derecho bajo un fallo de la Corte Suprema conocido como Petersen con el derecho de criar a su hijo, y por lo tanto, alejar al niño del otro padre sin audiencia viola ese derecho y requiere una audiencia inmediata., Si la Corte otorga la custodia de emergencia, entonces se debe programar una audiencia dentro de los 10 días para permitir que el otro padre tenga la oportunidad de ser escuchado. Si resulta que no estaban huyendo del Estado, por ejemplo, sino que simplemente iban en el mismo viaje anual a la playa en el que han estado durante los últimos 10 años, un juez va a estar muy molesto con el padre que afirmó que era una emergencia. Por otro lado, si un padre puede mostrar mensajes de texto y correos electrónicos desde donde dijeron «me voy a mudar a las Bahamas y nunca volverás a ver a tu hijo, ¡nunca más!»entonces podría estar justificado.,

si no puedo obtener la custodia de emergencia, ¿qué puedo hacer?

sin embargo, incluso si un tribunal no concede la custodia de emergencia, eso no significa que tenga que esperar 6 meses para ponerse frente a un juez., Cómo nuestra firma típicamente maneja un caso donde no justifica la custodia de emergencia verdadera, pero es una situación verdadera y urgente (tal vez un padre está reteniendo la Visitación por más de un mes, o está haciendo cambios rápidos y negativos), es como sigue:

1) solicitamos la custodia y alegamos todos los hechos importantes y urgentes;
2) le pedimos a la corte en nuestra presentación que renuncie a la mediación debido a circunstancias urgentes y negativas;
3) renunciar a la mediación y a la custodia temporal dentro de los 30 días de la presentación.,

mientras que un padre puede presentarse y pedir más tiempo para preparar una respuesta, si ese mismo padre está reteniendo al niño, el juez puede seguir adelante y ordenarlos como una orden temporal para permitir el contacto equitativo y/o visitas físicas para que el padre sin custodia tenga algún tiempo con el niño, especialmente si no tienen una muy buena razón, y en el peor, el juez puede leer al Padre que está reteniendo «la ley antidisturbios» sobre el mal comportamiento con respecto a los derechos de los otros padres, lo que sienta las bases para una orden a favor del otro padre, los honorarios de los abogados y/o sanciones, según proceda.,

la custodia de emergencia es algo muy complicado, especialmente si usted no es la mamá o el papá (es decir, abuelos o parientes), y le instamos encarecidamente a reunirse con un abogado para discutir sus opciones. Nuestra firma realiza consultas regulares o si se trata de una emergencia y hay poco Aviso, de cualquier manera, estaremos encantados de discutir su situación con usted y determinar si la custodia de emergencia, presentaciones de custodia «aceleradas», o un enfoque de custodia más estándar es mejor para usted.,

si desea programar una consulta con nuestra firma para ver cómo podemos ayudarlo a representarse a sí mismo preparando documentos para usted, asesorándolo sobre el proceso judicial, los procedimientos y demás, póngase en contacto con nuestra oficina hoy mismo. Póngase en contacto con nosotros para obtener más información!

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